Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Eslava Sua Carlos Alberto·Demandado Departamento De Boyaca

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado Quinto Administrativo de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó un ciudadano en contra del departamento de Boyacá, con el fin de que se declarara la existencia de una relación laboral encubierta en la suscripción de sucesivos contratos de prestación de servicios, a través de los cuales prestó sus servicios como conductor de vehículos para transporte de personal y como operador de maquinaria pesada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión del Auto 492/21 mediante la cual se determinó que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer los procesos promovidos para determinar la existencia de relaciones laborales, presuntamente encubiertas a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con una entidad pública.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión al otro operador jurídico involucrado, así como a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo de Tunja y el Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  4. Quinto. Administrativo de Tunja la competencia para conocer y dirimir la demanda interpuesta por el señor Carlos Alberto Eslava Sua contra el departamento de Boyacá.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, REMITIR el expediente CJU-3842 al Juzgado
  6. Quinto. de Tunja, para lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  7. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.